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El Sindicato de Trabajadores de la Industria del Banano, Agropecuarias y Empresas Afines (SITRAIBANA) hace formal denuncia contra la empresa Bocas Fruit Company por prácticas desleales contra la organización sindical de conformidad con lo establecido en el Articulo 388, numeral 3,5 y 6  del Código de Trabajo y los Acuerdos Internacionales suscritos por Panamá como es el Acuerdo Marco, Chiquita-Colsiba-Uita-OIT, parte II párrafo 3 y parte III párrafo 9.

El dia 29 de Julio de 2015, mientras el Gobierno a traves del Ministro de Vivienda se reunia con la Junta Directiva del SITRAIBANA y demás Organizaciones Civiles y Sindicales de Changuinola, para establecer una mesa de diálogo permanente en el Distrito de Changuinola y de esta manera generar soluciones para los trabajadores/as y pobladores/as de la zona, el Sr. Eliseo Obando Gerente de Relaciones Laborales de la Empresa Bocas Fruit Company, procedió a hacer reunión con trabajadores/as de Finca 12 y un solo directivo de SITRAIBANA que no estaba autorizado, acordando diversos puntos en cuanto al traslado de trabajadores/as de la empacadora actual a una empacadora nueva, alterando totalmente las condiciones de trabajo establecidas en la convención colectiva y violando directamente el Código del Trabajo y los estatutos del Sindicato.

Aprovechándose de la necesidad de los trabajadores/as con estas acciones desleales, la clausula 35 de la convención colectiva fue violada, ya que ahí se estableces quienes son las personas autorizadas en firmar acuerdos que modifican condiciones de trabajo, de conformidad con lo señalado es procedente aplicar la sanción a la empresa Bocas Fruit Company de acuerdo a lo establecido en el Artículo 389 del Código de Trabajo, para la cual el SITRAIBANA solicita se aplique la sanción mas alta, para que este tipo de acciones no se vuelvan a repetir.